NOTICIAS FISCALES

DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN (Parte 1)

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) el 11 de diciembre 2013 dio a conocer en el DOF el DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado; de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios; de la Ley Federal de Derechos, se expide la Ley del Impuesto sobre la Renta, y se abrogan la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única, y la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo.

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Fecha: 12/Dic/2013 10:39:04

Fuente: DOF



DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN (Parte 2)

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) el 11 de diciembre 2013 dio a conocer en el DOF el DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado; de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios; de la Ley Federal de Derechos, se expide la Ley del Impuesto sobre la Renta, y se abrogan la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única, y la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo.

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Fecha: 12/Dic/2013 10:38:03

Fuente: DOF



La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) dio a conocer en el DOF el DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación.

Fecha: 10/Dic/2013 10:03:13

Fuente: DOF

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La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) dio a conocer en el DOF el DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Aduanera.

Fecha: 10/Dic/2013 10:05:18

Fuente: DOF

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En días pasados el SAT puso a disposición en su página de internet la confronta 2014 vs 2013 de la Ley de Ingresos de la Federación

Fecha: 03/Dic/2013 08:22:13

Fuente: SAT

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Se publica el 03 de Diciembre de 2013 el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014.

Fecha: 10/Dic/2013 10:33:03

Fuente: DOF: 03/12/2013

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DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

En edición vespertina de fecha 20 de noviembre de 2013, se publicó el decreto por el que se expide la “Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2014, y se reforma el primer párrafo del artículo 2o. de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2013”.

Fecha: 21/Nov/2013 08:26:50

Fuente: DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN



Se extiende el plazo hasta el 17 de diciembre para la presentación de los avisos sobre actividades vulnerables

Se informa que se extiende el plazo hasta el 17 de diciembre de 2013 para la presentación de los avisos sobre actividades vulnerables en el Portal de prevención de lavado de dinero.

Fecha: 15/Nov/2013 21:02:35

Fuente: SAT



ACUERDO SA2.HCT.280813/234.P.DIR y Anexo Único Reglas de Carácter General para el uso de la Firma Electrónica Avanzada, cuyo certificado digital sea emitido por el Servicio de Administración Tributaria, en los actos que se realicen ante el Instituto Mexicano del Seguro Social.

Fecha: 14/Nov/2013 15:11:42

Fuente: DOF del 14 de Noviembre de 2013



Anexos 3, 11, 14, 15 y 17 de la Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013, publicada el 12 de noviembre de 2013.

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Fecha: 14/Nov/2013 11:28:41

Fuente: Publicados en el DOF del 14 de noviembre de 2013



Anexo 1-A de la Cuarta Resolución Miscelánea Fiscal para 2013, publicada el 12 de noviembre de 2013.

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Fecha: 14/Nov/2013 08:19:39

Fuente: (Publicado en el DOF del 13 de noviembre de 2013



Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013 y sus anexos 1 y 1-B.

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Fecha: 14/Nov/2013 08:18:25

Fuente: Publicada en el DOF del 12 de noviembre de 2013



El SAT dio a conocer en su catálogo de preguntas, la posibilidad de presentar el aviso de inscripción a más tardar en la fecha en que se deba presentar el primer aviso, es decir hasta el día 17 de noviembre.

¿Cuándo se presenta el alta y registro para las personas que realizan actividades vulnerables?

A partir del 1 de octubre de 2013 y a más tardar en la fecha en que deban presentar el aviso de actividades vulnerables.

Fundamento legal: Artículo tercero transitorio del Reglamento de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.

Fecha: 12/Nov/2013 11:05:12

Fuente: SAT



CUARTA Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013 y sus anexos 1 y 1-B.

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Fecha: 12/Nov/2013 10:25:28

Fuente: DOF 12-11-13



El 31 de octubre de 2013 fue publicada en la Gaceta Parlamentaria de la LXII Cámara de Diputados, la Minuta con proyecto de decreto, que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, de la Ley Federal de Derechos y se expide la Ley del Impuesto sobre la Renta, misma que fue aprobada en lo general con 297 votos en pro, 162 en contra y 1 abstención, por lo que será enviada al Poder Ejecutivo para su Publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Fecha: 06/Nov/2013 18:14:01

Fuente: Cámara de Diputados



El 29 de octubre de 2013 fue publicada en la Gaceta Parlamentaria de la LXII Cámara de Diputados, Minuta con proyecto de decreto, que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Aduanera y la Minuta con proyecto de decreto, que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación,por lo que fue enviada al Poder Ejecutivo para su Publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Fecha: 06/Nov/2013 18:13:46

Fuente: Cámara de Diputados



Reestructura a la propuesta de reforma hacendaria del Ejecutivo Federal por diputados.

El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general el Dictamen de la Reforma Hacendaria por el que se reforman diversas disposiciones a la Ley del Impuesto al Valor Agregada (LIVA), Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (LIESPYS), Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), entre las que destacan: un nuevo impuesto especial que grava la venta de alimentos “chatarra”, así como un incremento en los rangos a la tarifa del impuesto sobre la renta (ISR) de personas físicas, para llegar hasta una tasa del 35 por ciento.

Impuesto al valor agregado (IVA)

Se elimina el gravamen a:

• El arrendamiento de casa habitación.
• Los intereses por créditos hipotecarios para la adquisición, reparación o construcción de casa habitación.
• La enajenación de inmuebles destinados a casa habitación.
• La prestación de servicios educativos (colegiaturas) y los espectáculos públicos.
• Se mantiene la exención al transporte público terrestre en áreas urbanas.
• Se elimina la tasa del 0% en la enajenación de oro, como piezas de joyería en general y lingotes.

Nuevos productos que se gravan:

• La venta de chicle, alimento para mascotas, así como de éstas mismas, se gravarán a la tasa general.
• Homologación de la tasa general del IVA de 16% para las zonas fronterizas.
• Impuesto a los bienes internados bajo regímenes aduaneros de importación temporal.

Impuesto especial sobre producción y servicios (IESPYS)

• Tasa del 5% a la enajenación e importación de alimentos no básicos con alta densidad calórica (dulces, gelatinas, chocolates, flanes y pudines, cremas de cacahuate o avellana, dulces de leche, alimentos preparados a base de leche, los helados, nieves y paletas de hielo).
• Un peso por cada litro a las bebidas saborizadas, los concentrados, polvos, jarabes, esencias o extractos de sabores, que contengan cualquier tipo de azúcares añadidos.
• Para los combustibles fósiles se acordó mantener la propuesta conforme a la iniciativa, a excepción de la enajenación de petróleo crudo y el gas natural.
• Impuesto a los bienes internados bajo regímenes aduaneros de importación temporal.

Impuesto sobre la renta (ISR)

• Tributarán a una tasa del 31% las personas físicas con ingresos mayores de 500 mil pesos.
• A tasa del 32% a quienes obtengan ingresos superiores a 750 mil pesos.
• Tasa del 34% a quienes obtengan ingresos por encima de 1 millón de pesos (mdp) anuales.
• Tasa máxima del 35% a los que perciban ingresos superiores a 3 mdp.
• Gravamen del 10% a las ganancias generadas en la Bolsa Mexicana de Valores (BMV).
• El régimen de incorporación fiscal contempla a contribuyentes cuyos ingresos en el ejercicio inmediato anterior sea hasta de 2 mdp.
• La exención impositiva a casa habitación se aplicará hasta montos de 700 mil Unidades de Inversión (Udis).
• Se permite deducir del importe de arrendamiento de autos a personas físicas y morales con actividad empresarial.
• Se propone eliminar el régimen de pequeños contribuyentes (repecos).
• Deducibilidad del 8.5% a los consumos en restaurantes.

Fecha: 11/Nov/2013 15:22:41

Fuente: El Economista